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Edificio + solar en lliria (valencia) 

calle colón – calle duque de lliria

1. INFORMACIÓN URBANISTICA
La parcela a la que se refiere la solicitud, según el PGOU del municipio de Llíria, con aprobación por la Comisión Territorial de Urbanismo, Texto Refundido de fecha 10 de abril de 2006 y publicado en el BOP nº 129 de fecha 1 de junio, tiene las siguientes características:

PGOU Plano núm. 4
CLASIFICACIÓN: Suelo urbano
CALIFICACIÓN: Ensanche
Sistema de ordenación: Alineación de calle
Tipología edificatoria: Manzana cerrada
Uso global: Residencial

En base a dicha clasificación, le será de aplicación específica la sección 3ª (Ensanche) del capítulo Vll (Zonas en suelo urbano).

CONDICION JURIDICA DE SOLAR tiene la condición jurídica según artículo 177 de la LOTUP.
La parcela está constituida por cuatro parcelas catastrales distintas indicadas con los números 1, 2, 3 (transformador) y 20

DETERMINACIONES BASICAS APLICABLES AL EDIFICIO EMPLAZADO EN LA CALLE COLON Nº6

El inmueble objeto de este informe se encuentra incluido en el catálogo del patrimonio arquitectónico de Llíria, edificio protegido nivel 3 / ficha nº 6

INTERVENCIONES EN EDIFICIOS CON NIVEL 3 DE PROTECCIÓN

El nivel máximo de intervención será la rehabilitación con reforma. Se podrá autorizar la demolición de partes no visibles desde el espacio público. No se podrá modificar la envolvente externa del edificio, salvo los cuerpos añadidos que se consideren impropios.
En caso de que se pretenda edificar en el patio de la parcela, podrá solicitarse informe del servicio de arqueología para garantizar la protección y puesta en valor de las fachadas interiores del inmueble.

 DETERMINACIONES  BÁSICAS DEL PGOU APLICABLES DE LA PARTE DEL INMUEBLE RECAYENTE A LA  CALLE DUQUE DE LLIRIA.

AREA DE SEGUIMIENTO ARQUEOLOGICO

El solar se encuentra en zona de seguimiento Arqueológico de Llíria, máxima protección Ciudad Romana.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano toda actuación arqueológica o paleontológica deberá ser autorizada, expresamente por la Conselleria competente en materia de cultura. Previo a la concesión de licencia de obras deberán realizarse las prospecciones oportunas en el terreno previa autorización de la Conselleria.

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Martín Valle Santiago
Arquitecto – Colegiado COACV: 06927
martinvalle@corporacionvlc.com
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3. NORMATIVA URBANISTICA.
Se transcriben a continuación las normas urbanísticas del PGOU aplicables.         

Artículo 7.3.1. Ámbito
La Zona de Ensanche está constituida por  las áreas expresamente grafiadas con esta identificación en los planos de calificación del suelo del plan. Se delimita dos zonas.

Zona 3.1._Zona Duc de Llíria i  Pla del l´Arc.
Zona 3.2: Zona final Av. Furs i Pla de L’Arc.

Artículo 7.3.2- Configuración de la zona.

La zona de ensanché se configura por la integración del sistema de ordenación por alineación de calle, la tipología edificatoria de manzana cenada y e/ uso global residencial

Artículo 7.3.3. Usos pormenorizados

  1. a) Uso dominante.
  • Residencial Tanto Ru. Residencial unitario como Rm. Residencial múltiple. (La planta sótano, caso

de existir, no admitirá más uso que el destinado a aparcamiento de vehículos o instalaciones técnicas

del edificio. En edificios de más de tres plantas no se permitirá el uso de viviendas en planta baja).

  1. b) Usos compatibles.
  • Terciario: Tof. oficinas, Tco.1 y Tco.2. Uso comercial compatible con la vivienda, con las

condiciones específicas que se establecen:

Tof. Oficinas de superficie menor a 2.000 m2 en conjunto. Tco.1 y Tco.2. Comercio en planta baja.

  • Dotacional(D).
  • industrial: lnd.1. industria 1: Uso industrial compatible con la vivienda.

Talleres artesana/es en planta baja que no superen los 1.000 m2, de techo.

Artículo 7.3.4. Parámetros urbanísticos.

  1. a) Relativos a la manzana y el vial.
  • Alineaciones de viales: Son /as que vienen definidas en los planos de alineaciones.
  • Retranqueos de la edificación a la alineación de fachada: En esta zona sólo se admitirá el

retranqueo en planta de piso siempre y cuando se cumplen los condicionantes que se establecen con

carácter general para este tipo de retranqueas.

  • Rasantes: son /as que vienen definidas en /os planos de rasantes.
  • b) Relativos a la parcela.

    Parcela mínima edificable: Queda definida por las siguientes condiciones de dimensiones y forma.
    La parcela edificable deberá tener una superficie mínima de 50 m2 en la que pueda inscribirse un rectángulo de 4 x 8 m, una de cuyos lados coincida con la alineación de fachada. La longitud mínima de fachada que se establece para la parcela mínima edificable es de 4 m.

Quedan excluidas del cumplimiento de estas condiciones aquellas parcelas que, aun incumpliéndolas, linden con parcelas vinculadas a edificaciones existentes con anterioridad a la aprobación del plan que no se encuentren en situación de fuera de ordenación, salvo que éste disponga otra cosa.

  1. c) Relativos a la posición.
  • Profundidad edificable: Es la distancia que se acota para cada manzana en /os planos de alineaciones. Caso de no estar señalada en los planos la profundidad máxima edificable en plantas altas será de 20 metros.
  1. d) Relativos al volumen y forma.
  • Número máximo de plantas: Es el que viene grafiado para cada frente de manzana en los planos de alturas.
  • Altura máxima reguladora: La altura de cornisa es /a que corresponde al número de plantas según se determina estas normas urbanísticas.
  • Áticos: En el caso de edificios de cuatro o más plantas la última de ellas deberá retranquearse, a modo de ático, un mínimo de 3 m de la alineación de la calle.
  • Semisótanos: Están permitidos.
  • Sótanos; Están permitidos.
  • Cuerpos volados: Están permitidos can limitaciones en cuanto a morfología y dimensiones.

Si hubiera interés se  adjuntaría al mensaje pdf de la solicitud completa / del Edificio mas el solar
Procedimiento: Certificados urbanísticos sobre informes urbanísticos
Solicitud: Solicitud de certificado Urbanístico

DATOS DESCRIPTIVOS DEL INMUEBLE
Referencia catastral 6394901YJ0869S0001ZS     

Localización CL COLON 6 46160 LLIRIA (VALENCIA)
Clase Urbano
Uso principal Residencial
Superficie construida 640 m2
Año construcción 1970

PARCELA CATASTRAL
Parcela construida sin división horizontal
Superficie gráfica 678 m2

Construcción

Uso principalEscalera Planta Puerta Superficie m2
VIVIENDA100 48
ALMACEN100 114
ALMACEN100 48
VIVIENDA101 214
ALMACEN101 48
OCIO HOSTEL.10000168


Precio venta / Oferta

CORPORACION MEDITERRANEO S.L. percibirá el TRES POR CIENTO (3%) + IVA del importe de venta en concepto de honorarios por gestión inmobiliaria.

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